La licencia de segunda ocupación es un documento de carácter administrativo que tiene por objeto demostrar el cumplimiento mínimo de determinados elementos necesarios para que un espacio pueda ser habitado a efectos de salubridad, solidez o higiene, para lo cual algunos Ayuntamientos solicitan que se emita este certificado por Técnico Competente.
Este certificado es exigido para realizar algunos trámites absolutamente necesarios como dar de alta el agua corriente o el suministro eléctrico en tu vivienda.
Requisitos recogidos en la cédula de habitabilidad o en la licencia de segunda ocupación
Básicamente en estos casos podemos hablar de los siguientes requisitos fundamentales que debe poseer tu licencia de segunda ocupación, aunque el contenido concreto puede ser diferente dependiendo de los ayuntamientos y las comunidades autónomas, e incluso su número puede variar.
El primero y fundamental estriba en que la vivienda ya preexistente disponga de una escritura en la que conste precisamente como vivienda y no con cualquier otra denominación inmobiliaria; en otras palabras, que no sea un garaje, una construcción rural o similar.
Al margen de esto, la licencia de segunda ocupación recoge aspectos de composición de la vivienda: debe contar al menos con una sala, un espacio con cámara de tipo higiénico, es decir, un baño, y un equipo de cocina. También se encuentran estipulados el acceso o el tipo de construcción (sólida, estanca a las lluvias, que no se inunde, que tenga un suelo adecuado, etc.).
En cuanto a la superficie útil interior, debe ser superior a 20 metros cuadrados, salvo en los casos de viviendas construidas antes del 1 de febrero de 1984; en estas se admitirán, con carácter excepcional, viviendas de entre 10 y 20 metros cuadrados. También se tendrá en cuenta la distribución del espacio y del equipo, como las instalaciones de agua fría y caliente o el sistema de evacuación de líquidos residuales.